Adopciones en Colombia, ¿castigo a la pobreza?

Lamentables las denuncias sobre las irregularidades en los procesos de adopción que confirman que en el país no se les permite a muchas familias pobres conservar a sus hijos y a muchas familias colombianas tener prioridad para adoptar, como está establecido en la ley 1098 de Infancia y Adolescencia. Es muy grave la sensación que queda en la opinión pública de que la institucionalidad, en ocasiones, se presta para adelantar procesos amañados que además de violar principios éticos, incurren en francas irregularidades al debido proceso, pasando por encima de los derechos fundamentales y del interés superior de la niñez.

De acuerdo con cifras del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), entre 1997 y 2010, en nuestro país fueron adoptados 37.010 niños, de los cuales 58% (21.530) se entregaron a familias extranjeras y 42% (15.480) a familias nacionales. Mientras en ese mismo período las adopciones nacionales bajaron 5%, las extranjeras aumentaron 35%, contraviniendo también lo establecido en la Convención de La Haya sobre adopciones, en la cual se ordena dar prioridad a las familias nativas. Me pregunto ¿cuáles son los verdaderos intereses que están tras de estas decisiones?

Haciendo gala del más cruel colonialismo, el cual han ejercido por décadas las élites colombianas al dudar de las capacidades que tienen las familias pobres para educar a sus hijos, se prioriza entregar las niñas y los niños, no solo a familias extranjeras, sino a familias extranjeras adineradas que pueden llegar a «donar» por cada adopción entre 20 y 50 millones de pesos, contraviniendo la normatividad nacional e internacional que prohíbe tanto el trato diferencial, discriminatorio y sesgado frente a las familias colombianas, como cualquier figura que pueda interpretarse como pago o compensación. Algunos informes suministrados por el ICBF, también nos muestran cómo no se explora con exhaustividad el que los niños puedan permanecer en sus familias de origen o en familias extensas, frente a las cuales el Estado estaría en obligación de apoyarlas, para garantizarles un nivel de vida digna y permitir de esta manera que los niños sean criados por sus padres o parientes. No olvidemos que en Colombia 1,5 millones de hogares viven en pobreza extrema, lo cual significa tener ingresos inferiores a 90 mil pesos mensuales, y que hacemos parte del «club de países más desiguales del mundo».

Las irregularidades señaladas son una franca violación a los derechos de la niñez, tan citados hoy en día en la retórica de algunos políticos y funcionarios públicos y tan poco garantizados por la institucionalidad y por los presupuestos nacionales y locales.

Una última reflexión acerca de las casas de adopción: el Estado colombiano tiene la responsabilidad de diseñar y poner en práctica medidas eficaces y transparentes para prevenir beneficios materiales o compensaciones en relación con los procesos de adopción. ¿Cómo explica el ICBF que las casas de adopción reciban bajo la figura de donación, cuantiosos recursos de familias extranjeras que adoptan niños colombianos?

En ese sentido, la Convención de La Haya (artículos 11, 22, 32) señala que en una adopción internacional no puede haber fines de lucro y que los organismos acreditados para tramitar la adopción deben estar bajo el control del Estado. Así las llamadas casas de adopción, deben rendir cuentas sobre estos procedimientos y en el caso de tener donaciones producto de una adopción, explicar con claridad cómo se obtienen y a dónde van a parar esos recursos.

En repetidas ocasiones escuchamos que la adopción es para muchas familias un acto de amor. Claro que así debe ser, de lo contrario significaría un nuevo dolor y un grave daño psicológico para niñas y niños. Pero recordemos que el primer acto de amor frente a un niño o una niña es haber sido deseado desde la gestación y poder vivir dentro de una familia, cualquiera sea su configuración, siendo amado y protegido.

Son muchos los interrogantes que se ciernen alrededor de esta problemática que afecta a miles de familias sobre todo de escasos recursos. Queda entonces la responsabilidad, en particular en el ICBF de revisar, aclarar y ajustar los procesos, procedimientos y controles que definen la vida de muchos niños y sus familias, quienes siempre deben tener derecho una segunda oportunidad.

Columna de opinión para el periódico La Patria

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