Medidas cautelares para la congresista Ángela María Robledo ante la CIDH solicitó la Comisión Colombiana de Juristas

Medidas cautelares para la congresista Ángela María Robledo ante la CIDH solicitó la Comisión Colombiana de Juristas

Bogotá, D.C., Septiembre 21 de 2021. – La Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una solicitud de medidas cautelares a favor de la congresista Ángela María Robledo, para evitar que sea destituida de su investidura de Congresista como miembro de la Cámara de Representantes.

Una sentencia del Consejo de Estado, revisada por la Corte Constitucional en respuesta a una acción de tutela, consideró que ella habría incurrido en doble militancia al haber aceptado su postulación como candidata a la vicepresidencia por el Movimiento Colombia Humana en las elecciones de 2018 sin que hubieran pasado doce meses luego de su renuncia a la Cámara de Representantes por el Partido Verde. Ni el Consejo de Estado ni la Corte Constitucional tuvieron en cuenta que el Movimiento Colombia Humana no tenía personería jurídica y que la doble militancia solo se aplica a partidos o movimientos con personería jurídica. Además, Ángela María Robledo fue designada como miembro de la Cámara de Representantes por haber obtenido la segunda mayor votación a la Vicepresidencia, derecho establecido desde 2015 en el Estatuto de la Oposición, y no por que se hubiera presentado como candidata al Congreso. Más aún, una demanda similar contra la actual Vicepresidenta de la República, que pertenecía al Partido Conservador poco antes de aceptar ser fórmula del Presidente de la República, quien se presentó como candidato por el partido Centro Democrático, fue fallada a su favor y no se consideró como doble militancia por el Consejo de Estado. 

Adicionalmente, la decisión de excluir del Congreso a Ángela María Robledo no ha sido adoptada por un juez penal, lo cual viola flagrantemente el artículo 23.2 de la Convención Americana y lo ordenado al respecto por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), específicamente para Colombia,  en la sentencia emitida el 8 de julio de 2020 a favor de Gustavo Petro[1]. La decisión de cancelar la curul de la doctora Robledo en el Congreso se produce en un contexto en el cual la Procuraduría General de la Nación ha abierto una investigación disciplinaria en su contra, debido al apoyo de Robledo a la protesta social en 2021, y el Comandante del Ejército Nacional le ha enviado una carta intimidatoria por el llamado público que ella hizo a los miembros de la fuerza pública durante el paro a no obedecer las órdenes de masacrar ni de dispararle al pueblo. 

Por estas razones se solicitó a la CIDH requerir al Estado colombiano para que adopte todas las medidas necesarias para proteger de manera efectiva los derechos políticos y el debido proceso de Ángela María Robledo, derechos reconocidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos a la integridad personal, a la participación política, a la igualdad ante la ley, a las garantías judiciales y a la protección judicial, y al deber estatal de adoptar disposiciones de derecho interno para hacer efectivos estos derechos y libertades.

Esta solicitud de medidas cautelares la realiza la CCJ en concordancia con el artículo 25 del reglamento de la CIDH, que dice que se deben presentar en situaciones de gravedad[1] y urgencia[2], que representan un riesgo de daño irreparable, en este caso para la congresista Robledo. 

Para ello, es necesario que el Estado, en su conjunto, suspenda los efectos de las sentencias proferidas en contra de Robledo, por resultar contrarias al ejercicio y a las garantías de sus derechos políticos y cese cualquier otro tipo de persecución que adelanta contra la congresista. De esta manera, Ángela María Robledo Gómez podría ejercer su cargo en la curul de la Cámara de Representantes de Colombia hasta la terminación del período constitucional el 19 de julio de 2022, por haber obtenido el segundo puesto como candidata a vicepresidenta en las elecciones presidenciales en el año 2018. Asimismo, la CCJ solicitó suspender la investigación disciplinaria iniciada en contra de Robledo por la Procuraduría, y adoptar las disposiciones necesarias para evitar cualquier agresión contra la integridad personal de la congresista.


[1] https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_406_esp.pdf

[2] Reglamento de la CIDH, artículo 25(2)(a).

[3] Reglamento de la CIDH, artículo 25(2)(b).